El Ministerio de Economía, mediante Decreto Supremo 399-2015-EF, aprobó las disposiciones de las bonificaciones para los miembros de las Fuerzas Armadas (FF.AA) y la Policía Nacional del Perú (PNP) y, además, determinó el subsidio póstumo y por invalidez para los pensionistas.
En primer lugar aprobó las disposiciones y fijó los montos por concepto de bonificación por desempeño efectivo de cargos de responsabilidad, además de la bonificación por función administrativa y de apoyo efectivo, y bonificación por alto riesgo a la vida.
Esta iniciativa se encuentra en el marco de la cuarta etapa de la implementación progresiva del Decreto Legislativo 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicables al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de las PNP.
Estos conceptos serán aplicables a al personal en situación de actividad, militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú.
Finalmente, aprobó el monto por concepto de subsidio póstumo y por invalidez para los pensionistas del Decreto Ley 19846, Ley de Pensiones Militar-Policial, así como una transferencia de partidas a favor de los ministerios de Defensa y del Interior, y Fuero Militar Policial.
Exoneradas de tributos
Las bonificaciones se otorgan complementariamente a la remuneración consolidada en reconocimiento a la naturaleza de la función y cuya finalidad es incrementar el ingreso disponible del personal en situación de actividad militar de las Fuerzas Armadas y PNP, sin tener carácter remunerativo ni pensionable.
Estas bonificaciones tampoco están sujetas a cargas sociales o al pago de tributos.
De esta manera, la demanda para financiar las bonificaciones y el subsidio póstumo y por invalidez para los pensionistas asciende a 69 millones 833,109 soles.