viernes, 19 de diciembre de 2014

El Ministerio de Educación también ha dispuesto que no debe exponer a los niños y niñas a distintas actividades que no estén acordes con sus necesidades y que generen gastos en la economía familiar.

El lunes 9 de marzo comenzará el Año Escolar 2015 en todos los colegios públicos del país, de acuerdo a las normas aprobadas por el Ministerio de Educación.

Sin embargo, las direcciones regionales de Educación pueden determinar una fecha distinta de inicio de acuerdo a las características geográficas, climatológicas, económico-productivas y socio-culturales de su territorio.

Esta reprogramación debe ser comunicada oficialmente al Ministerio de Educación a más tardar el 31 de enero del 2015, indica el documento "Normas y Orientaciones para el Año Escolar 2015 en la Educación Básica".

Respecto a las instituciones educativas privadas el inicio de las clases se hará de acuerdo al reglamento interno de cada entidad.

Empero, se establece que en las instituciones educativas y Programas No Escolarizados del sector público, los profesores nombrados y contratados deberán concurrir obligatoriamente desde el lunes 2 de marzo con la finalidad de revisar y ajustar el Plan Anual de Trabajo antes del inicio de las clases. 


En cuanto a las listas de útiles, la normativa indica que la lista de útiles deberá ser pertinente con las características de desarrollo de los estudiantes y que la entrega de estas no es condición para la asistencia del estudiante a la institución educativa o programa.

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Normas legales de Nombramiento docentes 2015

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